HERENCIAS INTERNACIONALES
Herencias con bienes en España
Gestiono herencias con inmuebles y cuentas bancarias en España para herederos que viven en el extranjero. Sin que tengas que viajar.
Heredar bienes en España viviendo fuera
Cuando hay un inmueble o una cuenta en España, la herencia cruza dos sistemas jurídicos. Coordinar ambos países es lo que marca la diferencia.

El elemento internacional lo cambia todo
El Reglamento UE 650/2012 y el Certificado Sucesorio Europeo determinan qué ley se aplica y cómo se acredita tu condición de heredero ante notarios, registros y bancos españoles.
Ley aplicable
Determinamos qué legislación rige la sucesión según el Reglamento UE 650/2012.
Documentación
Certificado Sucesorio Europeo, traducciones juradas y apostillas.
Fiscalidad
Impuesto de Sucesiones (ISD) y obligaciones del no residente (Modelo 720/210).
Cómo lo gestiono
Te represento en España de principio a fin.
- 01
Análisis
Revisamos el caso, los bienes y tu situación como heredero.
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Tramitación
Acepto la herencia en tu nombre, liquido impuestos y coordino notaría y registro.
- 03
Resultado
Cambio de titularidad del inmueble y desbloqueo de las cuentas bancarias.
Qué gestiono
- Certificado de Últimas Voluntades y Certificado de Defunción
- Certificado de Contratos de Seguros de Vida con cobertura de fallecimiento
- Acta de notoriedad y/o declaración de herederos ante notario
- Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) del heredero no residente
- Inscripción del inmueble a nombre del heredero en el Registro de la Propiedad
- Testamentaría bancaria: obtención de posiciones y desbloqueo de cuentas
COLABORACIÓN PROFESIONAL
Tu corresponsal en España
Gestorías, asesorías, abogados y gestores de patrimonio europeos: cuando tu cliente tiene bienes en España, yo soy la parte española del equipo. Me integro en tu flujo de trabajo con diligencia, transparencia y rapidez. Tú sigues siendo el contacto de confianza para tu cliente; yo ejecuto en España y te mantengo informado en cada paso.
Escríbeme a correo electrónicoPreguntas frecuentes
¿Tengo que viajar a España para aceptar la herencia?
No. Con un poder notarial otorgado en tu país y apostillado, te represento en todos los trámites: notaría, Registro de la Propiedad, AEAT y entidades bancarias.
¿Qué es el Certificado Sucesorio Europeo y para qué sirve?
Es el documento previsto en el Reglamento (UE) 650/2012 que acredita tu condición de heredero en toda la Unión Europea. Facilita el reconocimiento ante bancos y registros españoles sin necesidad de que cada institución exija documentación adicional.
¿Cuánto paga un heredero no residente en el Impuesto de Sucesiones?
Depende de la comunidad autónoma donde esté el bien y del valor de lo heredado. La Comunitat Valenciana tiene bonificaciones que pueden reducir significativamente la cuota. Te calculo la estimación para tu caso concreto antes de comprometerte con nada.
¿Puedo desbloquear las cuentas bancarias sin venir a España?
Sí. Con el poder notarial apostillado y la documentación hereditaria tramitada, gestiono el desbloqueo y la transferencia de saldos directamente con el banco, sin que tengas que desplazarte.
¿Cuánto tarda una herencia internacional?
Entre 6 y 18 meses desde el fallecimiento, según la complejidad del caudal y la documentación disponible. El plazo para liquidar el Impuesto de Sucesiones es de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable). Inicio los trámites cuanto antes para no perder plazos ni generar recargos.
¿HABLAMOS?
Cuéntame tu caso sin compromiso
Te respondo personalmente, en tu idioma. La primera consulta es para conocernos y ver cómo puedo ayudarte.
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